Por: Margarita Manjarrez Herrera

Para la Asociación Diplomática y Consular que represento, y para la Carrera Diplomática y Consular de Colombia, es una excelente noticia la designación de Camilo Reyes Rodríguez, miembro durante 35 años de la Carrera Diplomática y Consular de la República, como nuevo Embajador de Colombia ante el gobierno de los Estados Unidos de América.    

El servicio Exterior de Colombia cuenta con servidores públicos de gran experiencia y diversas disciplinas, entre los que se cuentan 51 Embajadores activos, pertenecientes a la Carrera Diplomática y Consular.

El Exministro Reyes comenzó su carrera diplomática en asuntos de Protocolo de la Cancillería y ocupó diversos cargos, entre ellos, Embajador en la República Checa y Representante Permanente ante la Organización de las Naciones Unidas en Ginebra. El Embajador Reyes ascendió con un notable desempeño hasta el grado máximo del escalafón y fue Ministro de Relaciones Exteriores en el año 1998. Hasta la fecha, ya retirado de la Carrera, ejerce como Presidente de la Cámara de Comercio Colombo-americana.

Después de décadas de avances y desarrollos legales, Colombia ha logrado conformar un cuerpo de funcionarios jerarquizado y especializado, del que ha formado parte el Embajador Reyes. Esto se ve reflejado en una Carrera Diplomática a la que ingresamos por vocación y capacidad, en la que permanecemos por un alto sentido del deber y en la que avanzamos por méritos profesionales, demostrados en forma constante y progresiva, pero que lamentablemente sigue siendo minoritaria frente a los nombramientos provisionales y los cargos de libre nombramiento y remoción.

Colombia cuenta con 63 Misiones (Embajadas y Misiones ante Organismos Internacionales) y con 51 Embajadores de Carrera. De estos 51 Embajadores de Carrera, solo nueve (9) ejercen como tales en Bolivia, Brasil, Honduras, Israel, Indonesia, Noruega, Países Bajos, Polonia y Malasia y un Ministro Plenipotenciario como Embajador en Filipinas.

Es un motivo de orgullo que estos Embajadores pertenezcan a la Carrera Diplomática y Consular. De igual manera, también estamos orgullosos de ser servidores públicos, de ser talento humano al servicio del país, principalmente porque, como lo dijo Jorge Alessandri Rodríguez, Expresidente Chileno “A la vida pública se va a servir, y no a buscar honores ni mucho menos beneficios”.

La Asociación Diplomática fue fundada en 1981 y a ella pertenecemos los funcionarios de Carrera. Sus miembros estamos convencidos de que para que Colombia mantenga una Carrera Diplomática responsable, eficaz y seria, es indispensable continuar, no solo con la aplicación de las normas vigentes (Decreto-Ley 274 del 2000) sino honrar el espíritu que fundamenta la existencia de la Carrera. Para ello se requiere, entre otros:

1. Aumentar el ingreso por la base a través de los concursos de méritos que implican la superación de un concurso, la culminación de un curso de formación y la aprobación de un año de período de prueba trabajando en la Cancillería. Entre 2011 y 2014 bajo la actual administración, se elevó a 35 el número de cargos de Tercer Secretario a proveer, y en los años 2015 y 2016 el cupo ha sido de 20. En este aspecto se ha logrado un buen avance, pero es esencial mantener el ritmo ascendente, teniendo en cuenta que la planta se ha ampliado y los cargos de carrera siguen siendo ocupados en su mayoría por funcionarios en provisionalidad, lo que no afecta la brecha que persiste entre Carrera y provisionalidad. También ha sido positivo que desde el año 2013 se conceda un “estipendio” mensual a los aspirantes a Tercer Secretario que son admitidos en la Academia, esto ha permitido que muchos profesionales de provincia puedan hacer el curso, que exige dedicación de tiempo completo, y vivir en Bogotá.

2. Aumentar el porcentaje actual (15.8%) de Embajadores de Carrera para que ejerzan como tales, nombrando como Embajadores a quienes se han formado para ello como miembros de la Carrera y han alcanzado el grado máximo en el escalafón.

La mayoría de estos Embajadores, que completan más de 25 años de servicio en el Ministerio de Relaciones Exteriores en diferentes áreas, han estado mínimo 12 años trabajando en misiones de Colombia en el exterior, han hecho un curso de formación diplomática y 6 cursos y exámenes de ascenso, han sido evaluados anualmente durante todos esos 25 años y, adicionalmente, deben hacer cursos de actualización cada 4 años. Esto, sin contar la formación de posgrado que muchos han logrado paralelamente a su Carrera Diplomática, los idiomas que hablan, el ejercicio docente, las publicaciones que han realizado.

Es importante recordar que en la sentencia C-292/01, al revisar la exequibilidad del Decreto-Ley 274 del 2000, la Corte Constitucional definió que el cargo de Embajador es de libre nombramiento del Presidente de la República; no obstante, condicionó la libre designación y estableció un límite a tal discrecionalidad del Presidente al ordenar que, por lo menos, el 20% de esos cargos deben ser ejercidos por funcionarios de Carrera. De esta forma se estableció una relación de equilibrio entre esa discrecionalidad y la regla general del principio constitucional de Carrera, en los siguientes términos:

“93. En ese sentido, el estimativo del 20% consulta el criterio de razonabilidad en tanto se entienda que no constituye un límite máximo sino un límite mínimo.  Esto es, no se trata de que sólo el 20% de los cargos de Embajador y Cónsul General Central deban proveerse con personal escalafonado en la carrera diplomática y consular, sino de que por lo menos el 20% de esos cargos deben ser ejercidos por funcionarios de carrera.  

 Con la primera interpretación se estaría creando una discriminación injustificada entre el porcentaje de tales cargos que serían de libre nombramiento y remoción y el porcentaje de cargos destinados a proveerse con personal de carrera, postura con la que se daría preeminencia a la discrecionalidad del Presidente de la República sobre la carrera como regla general para la provisión de cargos estatales.  Con la segunda, en cambio, se establece una relación de equilibrio entre esa discrecionalidad y esta regla general (…)”

Lo anterior, para no crear una discriminación injustificada, si se diera preeminencia, como regla general, a la discrecionalidad del Presidente sobre la Carrera, para la provisión de cargos estatales. Es incuestionable el canon formulado por la Corte Constitucional, que admite la expresión 20% no como un porcentaje máximo, sino como un límite mínimo, dirigido a establecer una relación de equilibrio entre la discrecionalidad y la regla general de Carrera.

El fallo prescribe, indudablemente, un equilibrio en la designación de embajadores jefes de misión que, en justicia y derecho, debería ser por lo menos de 50/50. Esto es: 50% de embajadores de libre designación del Presidente, frente a 50% de embajadores de Carrera Diplomática y Consular.

Desafortunadamente, en diecisiete (17) años de vigencia del fallo y de expedido el Decreto-ley 274, el criterio único del 20% se ha mantenido como porcentaje máximo para nombrar Embajadores de Carrera.

Nombramientos como el de los diez (10) Embajadores pertenecientes a la Carrera, ya mencionados, así como el tan acertado del nuevo Embajador en Washington DC., llevan a pensar que, con la aplicación de las normas y con voluntad política, la profesionalización del servicio exterior colombiano puede ser una realidad.

Si se sigue por este buen camino, tal vez algún día podamos incluirnos en el cuadro de más de 40 países cuyos Embajadores son mínimo en un 80% pertenecientes a la Carrera Diplomática, y hacer realidad lo afirmado en la exposición de motivos que hizo el gobierno de la época, cuando solicitó al Congreso facultades extraordinarias para el Presidente de la República, con el fin de regular el servicio exterior y que dio lugar a la expedición del Decreto-Ley 274 del 2000:

“La imperiosa necesidad de ajustar a los parámetros señalados el servicio exterior de la República, se deriva, de una parte, de la especificidad técnica y la particular naturaleza de la carrera diplomática y consular, única en su categoría; y de otra, desde el punto de vista político, de las oportunidades que se abren para Colombia frente a la comunidad internacional en la actual coyuntura, en particular frente a la Diplomacia para la Paz que adelanta la actual administración, lo que requiere contar, en el más breve plazo, con una entidad que responda rápida y eficazmente al actual panorama nacional y mundial, con funcionarios especializados, con capacidad de negociación que puedan representar al Estado al más alto nivel en estas sensibles materias…” (Resaltado fuera del texto).

* Embajadora-Presidente de la Asociación Diplomática y Consular. Abogada y Máster en Relaciones Internacionales. Ha prestado servicios como Cónsul de Colombia en Nueva York, Consejera en la Misión ante la OEA en Washington D.C. y Cónsul de Colombia en Berlín.

Tomado de: http://blogs.elespectador.com/actualidad/ese-extrano-oficio-llamado-diplomacia/la-importancia-los-embajadores-carrera

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